La Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) fue promulgada el 14 de septiembre de 2017 por la expresidenta Michelle Bachelet, una normativa que ha significado un importante avance en materia de derechos sexuales y reproductivos de las mujeres.

El sistema de información IVE comenzó oficialmente y de manera estandarizada en el año 2018 a través formularios de papel, posterior a ello, en 2019 se tributan los casos mediante la plataforma en línea.

Sobre los avances en la materia, la seremi de la Mujer y Equidad de Género, Camila Contreras, indicó que “gracias a esta ley, hoy las mujeres tienen la posibilidad de decidir si quieren continuar o no con embarazos en circunstancias extremas. Las cifras nos demuestran que muchas deciden seguir con su embarazo, aunque un número mayor opta por interrumpirlo. Por esta razón, el debate sobre los derechos sexuales y reproductivos está centrado en la facultad de cada mujer de poder decidir y organizar su propio proyecto de vida”.

Desde 2018 hasta junio de 2024, el número total de casos constituidos en la Región del Biobío son 443, de ellos 145 corresponden a la causal número uno (riesgo vital), 202 asociados a la causal número dos (inviabilidad del feto) y 96 a la causal número tres (violación).

El seremi de Salud, Dr. Eduardo Barra, manifestó que con esta ley, además, “las mujeres, niñas y adolescentes, pueden optar a recibir apoyo biopsicosocial, ya sea durante el proceso de decisión como posterior a este. Desde 2018 hasta junio de 2024, en la Región del Biobío, se realizaron 2.127 atenciones y/o consultas psicológicas y psiquiátricas, a dupla psicosocial y trabajadores sociales”.

Desde el Ministerio de Salud informaron que iniciarán una campaña de difusión sobre la Ley IVE, la cual se trabajó con participación del Consejo Consultivo Minsal, en contexto de difusión y educación en salud a niñas, adolescentes y mujeres.

Fiscalización

La Seremi de Salud fiscaliza 36 aspectos referidos a esta normativa, 17 de ellos considerados requisitos críticos. Durante 2024, la autoridad sanitaria del Biobío realizó cinco fiscalizaciones a centros de salud, mientras que en 2023 realizó cuatro, concluyendo ambos periodos sin resultados de sumario.

Los principales requisitos críticos están delimitados por estos aspectos de la ley: Concurrencia de la causal, Consideraciones especiales para la tercera causal (en caso de violación), Manifestación de la voluntad, Oportunidad en la atención en situación de objeción de conciencia, Procesos asociados al acompañamiento psicosocial y Procesos asociados a reportes de casos.

Modificaciones al reglamento

El 31 de mayo de este año, el Gobierno ingresó a la Contraloría General de la República modificaciones al reglamento de objeción de conciencia, que resguardarán el derecho de los profesionales y técnicos que intervienen en el procedimiento IVE, que está consagrado en la ley, pero asegurando el acceso a este derecho garantizado con más y mejor información para las mujeres y niñas que se encuentran en estos casos.

Asimismo, se establece la creación de un protocolo de reasignación y derivación acordes a instrucciones que emitirá el Ministerio de Salud y que será común para todos los establecimientos y otros lineamientos que permitan dar continuidad a la atención y garantizar que esta sea siempre oportuna y sin costo adicional, evitando que mujeres y niñas tengan que deambular entre centros de salud, cambiarse de ciudad o recorrer distintas regiones para ejercer su derecho.

Antecedentes de la ley

La ley que regula la despenalización de la Interrupción Voluntaria del Embarazo en tres causales (IVE) permite, mediante la voluntad de la mujer, la interrupción de su embarazo en caso de riesgo vital de la madre, inviabilidad fetal o violación. En este último caso, el límite es de doce semanas de gestación y catorce semanas en caso de niñas menores de 14 años.

Desde 1931 y hasta 1989, en Chile estuvo permitido el aborto terapéutico, con una interpretación amplia respecto de las causales, esto hasta que fue prohibido por la dictadura militar. Veintiocho años después, el Congreso de Chile aprobó el proyecto de Interrupción Voluntaria del Embarazo en tres causales (IVE).

Aunque el proyecto aprobado fue llevado al Tribunal Constitucional por la oposición de ese entonces, el órgano rechazó el requerimiento de inconstitucionalidad, materializándose en la Ley N° 21.030.