Con el acuerdo de diversas bancadas, un grupo de senadores presentó un proyecto de reforma constitucional al sistema político que establece que un partido político solo podrá alzarse con un escaño en el Congreso si obtiene un umbral mínimo de un 5% de los votos válidamente emitidos en una elección parlamentaria.

La noticia la dieron a conocer -en un punto de prensa- los senadores Alfonso De Urresti (PS), Luz Ebensperger (UDI), Luciano Cruz-Coke (Evópoli), Ricardo Lagos (PPD), Gastón Saavedra (PS) y Rodrigo Galilea (RN), quienes explicaron que la idea venía hace tiempo estudiándose entre distintos sectores.

En ese sentido, el senador De Urresti señaló que, en gran medida, “la iniciativa está basada en el acuerdo constitucional firmado transversalmente” y destacó que han trabajado con el Gobierno, por lo que esperan contar con el apoyo del Ejecutivo en la tramitación.

A su vez, la senadora Ebensperger manifestó que “estamos frente a un sistema político que ya cumplió su ciclo y tenemos que mejorarlo, acercándonos a la ciudadanía buscando mayores acuerdos y evitando la polarización”.

El senador Lagos comentó que el objetivo es que “con esta ley, el próximo gobierno tenga la esperanza de contar con una mayoría o le permita generarla. Queremos un régimen menos atomizado para poder conducir el gobierno y que exista algo que se ha perdido que es la disciplina parlamentaria”.

El congresista ejemplificó diciendo que “no me parece sano que alguien que salió electo por nuestras filas, se cambie a otra fila siendo que las personas que votaron por él, quizá lo votaron no por sus condiciones personales sino porque representaba a un espectro de la política chilena”.

Por su parte, el senador Galilea coincidió en que “la excesiva cantidad de partidos políticos, y de movimientos independientes, en vez de hacerle un favor a la democracia, le hacen mal y esto se ha observado en muchos países (…) Se busca que exista una representatividad razonable de los partidos políticos. En Chile debiera haber entre 8 a 10 partidos”.

Galilea agregó que el hecho de que la ciudadanía “tenga tan mala opinión de los partidos políticos y de los políticos en general tiene mucho que ver con la actual situación partidaria”.

En esta misma línea, el senador Saavedra ejemplificó que, con la fragmentación actual, sobre todo en la Cámara Baja, se ha hecho imposible generar acuerdos en temáticas clave como la reforma previsional.

El senador del Biobío agregó que es necesario entender que “la democracia se hace conversando y no socavándola”.

Detalles del proyecto

En lo concreto, la iniciativa de la que se deberá dar cuenta en Sala en una próxima sesión ordinaria establece lo siguiente:

Solo los partidos políticos que alcancen al menos el 5% de los votos válidamente emitidos a nivel nacional, en la elección de los miembros de la Cámara de Diputados, tendrán derecho a participar en la atribución de escaños en dicha Cámara. Esta regla no se aplicará al partido que tenga escaños suficientes para sumar como mínimo ocho parlamentarios en el Congreso Nacional, entre los eventualmente elegidos en dicha elección parlamentaria y los senadores que continúan en ejercicio hasta la siguiente elección.

Cesará en su cargo el diputado o senador que renuncie al partido político que hubiera declarado su candidatura. Asimismo, quedará impedido de jurar el diputado o senador electo que desde el día de su elección incurriere en dicha causal.

Cesará también en el cargo el diputado o senador independiente que, elegido en la lista de un partido político, comience a militar en un partido distinto al que declaró su candidatura o renuncie al Comité Parlamentario del partido político que la haya declarado. En el primero de estos casos, el diputado o senador independiente quedará impedido de jurar.

Excepcionalmente, y solo para la elección parlamentaria del año 2025, podrán tener representación parlamentaria los partidos políticos que hayan obtenido al menos el 4% de los votos válidamente emitidos a nivel nacional o tener escaños suficientes para sumar como mínimo cuatro parlamentarios en el Congreso Nacional.

Podrán obtener escaños de la forma señalada anteriormente, y solo para la elección parlamentaria del año 2025, los partidos políticos que, habiendo concurrido en una misma lista o pacto electoral, no hubieren alcanzado individualmente el umbral referido en el inciso anterior, en la medida que se fusionen con el partido político de la misma lista o pacto electoral que lo hubiere alcanzado. Para ello, deberán fusionarse con el partido político de la misma lista o pacto electoral que lo hubiere alcanzado. También podrán ser parte de una federación de partidos políticos según se regule en la ley.