El sábado 20 de mayo entró en vigencia la Ley de responsabilidad parental y pago efectivo de pensiones de alimentos, nuevo marco legal que establece un mecanismo de pago permanente para las deudas de pensiones de alimentos. Bajo esta normativa, será el Estado el encargado de investigar las cuentas bancarias u otros documentos financieros de quienes poseen deudas, mejorando así el acceso a la información.
Con el objetivo de acercar la nueva ley a la comunidad, especialmente a las mujeres, las seremis de Justicia y de la Mujer, junto a Sernameg, Registro Civil, la Corporación de Asistencia Judicial (CAJ) e instituciones dependientes del Poder Judicial, participaron de una nueva «Plaza ciudadana», realizada en el sector de Tribunales, en Concepción.
En dicha actividad, la seremi de Justicia, Claudia Soto, entregó las cifras correspondientes a la Región del Biobío, donde 7.594 personas figuran en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos. De ese total, alrededor de 7.300 son hombres.
La autoridad de gobierno se refirió además a las principales inquietudes que manifiestan las mujeres acerca del cobro de las pensiones atrasadas e indicó que durante 2022 se atendieron más de 15 mil consultas en la CAJ, relacionadas en su mayoría con la judicialización del proceso.
En línea con este punto, la presidenta de la Corte de Apelaciones de Concepción, ministra Carola Rivas, indicó que el primer paso es que «madres acreedoras o padres acreedores deben acercarse a los Tribunales a pedir la liquidación de las pensiones adeudadas».
De acuerdo con lo establecido en esta ley, es necesario que un tribunal haya determinado el monto de las pensiones de alimentos y que se encuentre liquidada la deuda. En caso de que no exista un monto acordado, debe presentarse una demanda.
Los acuerdos extrajudiciales entre madres y padres no son válidos en este proceso, afirmó la ministra Rivas, quien además informó que los tribunales cuentan con canales digitales para agilizar los trámites.
La normativa establece que en caso de deuda en una o más mensualidades, se puede solicitar al tribunal la retención de los fondos de la persona deudora desde sus cuentas bancarias. Si no hay fondos y se reportan tres o más incumplimientos, el cobro se realiza desde los fondos de la AFP.
Será responsabilidad del tribunal investigar el patrimonio de la persona deudora, para luego solicitar el pago de los montos adeudados.
Todo este proceso, reconoció la ministra Rivas, ha implicado una sobrecarga de trabajo que ha sido enfrentada con la incorporación de más funcionarios y la creación de unidades especiales.
«Alivianar la carga»
También participó en esta actividad la seremi de la Mujer y la Equidad de Género, Lorena Segura, quien relevó la entrada en vigencia de esta ley, señalando que busca «alivianar la carga para las mujeres» y brindar estabilidad a niñas, niños y adolescentes. Asimismo, destacó la rápida tramitación legislativa y el consenso parlamentario en torno a la importancia de esta iniciativa.
Finalmente, la seremi hizo referencia a la polémica suscitada por los mensajes de Whatsapp del presidente de la ANFP, Pablo Milad, respecto de la prohibición de acceso a los estadios para deudores de pensión alimenticia, señalando que «más que un caramelo, esto es un acto de justicia (…) Con mucho gusto somos un gobierno feminista que da señales concretas en poder avanzar en las urgencias de las mujeres».