Finalmente fue promulgada la ley que establece como feriados irrenunciables para los trabajadores del comercio al sábado 15 y domingo 16 de mayo, en contexto de las elecciones de constituyentes, gobernadores regionales, alcaldes y concejales.
Esta decisión implica que, durante el fin de semana, sólo podrán trabajar quienes desempeñan funciones en servicios de combustibles y farmacias de urgencia o que deben cumplir turnos fijados por la autoridad sanitaria.
La seremi (s) del Trabajo, Karina Vera, indicó que este feriado, como lo dice su nombre, no puede ser reemplazado por otro beneficio, y que se extenderá entre las 21 horas del viernes 14 de mayo y las 6 AM del lunes 17.
Los empleadores que no respeten el feriado irrenunciable se exponen a multas que van desde las 5 hasta las 20 UTM (entre $50 mil y $1 millón, aproximadamente) por trabajador y dependiendo de la cantidad de trabajadores en la empresa.