En el contexto de la reconstrucción y reactivación económica tras los incendios forestales del verano y las inundaciones este invierno, el director regional del Sence, Daniel Jana Torres, reiteró la invitación a postular a las convocatorias que buscan fomentar la empleabilidad y que aún permanecen abiertas.
En concreto, Jana explicó que hay dos convocatorias disponibles, una orientada a las mipymes afectadas por el sistema frontal y que consiste en un subsidio para la retención laboral, y otra orientada a todas las empresas de las regiones que sufrieron daños por los incendios del verano, y que busca incentivar la contratación, también a través de un subsidio.
En relación a las mipymes afectadas por el sistema frontal, Jana señaló que a medida que han visibilizado el subsidio, los empresarios han comenzado a postular.
El director regional de Sence también se refirió al convenio con el Servicio Mejor Niñez, ex Sename, programa que busca entregar oportunidades preferenciales de capacitación y mediación laboral.
Estas capacitaciones, realizadas a través de las Oficinas de Intermediación Laboral municipales, entregan orientaciones sobre cómo elaborar un currículum y cómo preparar una entrevista laboral, entre otras.
Además, Daniel Jana anunció que en Concepción se instalará el primer Consejo regional de Capacitación del Sence, instancia que reunirá a representantes del Gobierno, será presidido por la Seremi del Trabajo, además de representantes empresariales y de los trabajadores.
El objetivo de este Consejo es descentralizar la toma de decisiones, considerando la pertinencia territorial para optimizar las capacitaciones y la empleabilidad regional.
Finalmente, el director regional de Sence señaló que además de la oficina virtual, disponible en sence.cl, en todas las comunas de la región existe una Oficina de Intermediación laboral, Omil, que vincula a las personas con el Sence, entregando orientación para postular a subsidios, capacitación y recomendaciones laborales.
Escucha aquí la entrevista completa:
Detalles convocatoria Subsidios
Subsidio de Retención Laboral por catástrofe Sistema Frontal para Mipymes
El Subsidio de Emergencia Laboral por catástrofe es un aporte mensual para empresas que, tiene como objetivo, ofrecer una solución de continuidad laboral a las personas que tienen en riesgo su fuente de trabajo producto de la catástrofe (derivada efectos del sistema frontal de junio del 2023).
Las empresas que acrediten el cumplimiento de requisitos podrán recibir una bonificación mensual equivalente al 80% de un Ingreso Mínimo Mensual (IMM) durante tres meses, que podrá ser prorrogada por hasta dos meses adicionales con una bonificación del 60% del IMM hasta diciembre de 2023.
Este aporte se entregará directamente a las empresas siniestradas, por cada una de las personas trabajadoras que se encuentran en grave riesgo de perder su fuente laboral, sin distinción de renta.
La condición de afectación de la empresa será establecida por la Secretaría Regional Ministerial del Trabajo y Previsión Social de la Región respectiva a través de un informe fundado.
Requisitos
La postulación deberá ser realizada por las empresas respecto de cada persona trabajadora dependiente del establecimiento siniestrado:
- Empresas que se hayan visto siniestradas por los temporales en las localidades afectadas y cuya condición de afectación se encuentre ratificada por la Seremi del Trabajo y Previsión Social.
- Existencia de una relación laboral al mes anterior del siniestro, así como también la continuidad laboral de dicha relación mientras dure el subsidio. Es decir, si no se mantuviera la relación laboral, verificada por SENCE a través de la existencia de cotizaciones previsionales, se suspenderá el beneficio por la persona trabajadora individualizada.
- Empresas que tributen en primera categoría (incluidas todas las empresas del régimen Pyme, las empresas en renta presunta, las empresas individuales, etc.) o bien pequeños contribuyentes conforme al artículo 22 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (pequeños comerciantes, artesanos, suplementeros, entre otros).
- Las empresas que opten al beneficio deberán contar con operaciones en la zona siniestrada y el beneficio se limitará a las personas trabajadoras de dicho establecimiento. Estas personas trabajadoras deberán pertenecer a empresas que hayan visto afectadas sus operaciones producto de la contingencia, sea por daño físico directo a sus instalaciones u otro tipo de daños que no permita la continuidad operacional, impidiendo el ejercicio de labores de sus trabajadores/as.
Subsidio a la Contratación en zonas afectadas por los incendios 2023
El nuevo Subsidio a la Contratación en Zonas Afectadas por los incendios 2023 producidos en las regiones de Ñuble, Biobío y La Araucanía es un aporte mensual para empresas, y personas trabajadoras. La postulación al subsidio estará disponible hasta el 31 de agosto 2023 para postulación (las contrataciones por las que se postula hasta el 31 de julio de 2023).
Para las empresas es una bonificación mensual del 60% de la remuneración imponible pactada con la persona trabajadora postulada, con tope de hasta $200.000 o $250.000 mensuales, dependiendo si son del grupo general o diferenciado, respectivamente.
Para los y las trabajadoras es una bonificación mensual del 25% de la remuneración imponible pactada con el empleador, con tope de $50.000 o $100.000 mensuales, dependiendo si son del grupo general o diferenciado, respectivamente.
Grupo diferenciado: mujeres, jóvenes entre 18 y 24 años, personas con discapacidad, personas con pensión de invalidez total y personas mayores o igual de 55 años.
Grupo general: hombres mayores de 24 y menores de 55 años, hombres sin discapacidad y hombres sin pensión de invalidez total.
Requisitos
- Empresas que tributen en primera categoría (incluidas todas las empresas del régimen Pyme, empresas en renta presunta, empresas individuales, etc.) o bien pequeños contribuyentes, conforme al Artículo 22 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (pequeños comerciantes, artesanos, suplementeros, entre otros).
- Empresas con hasta 200 personas trabajadoras al mes previo de su primera postulación.
- Inexistencia de una relación laboral por 60 días previa a la nueva relación laboral por la cual el empleador está postulando. Es decir, si el trabajador postulado presentaba una relación laboral previa dentro de los 60 días, verificada por Sence a través de la existencia de cotizaciones previsionales, se rechazará su concesión al beneficio.
- Las empresas que postulan deben hacerlo por un nuevo contrato generado en las regiones de Ñuble, Biobío y/o La Araucanía.
- El contrato de trabajo por el cual postula debe estar suscrito entre el 1 de abril y 31 de julio de 2023 y haber sido ingresado en plataforma de la Dirección del Trabajo conforme a lo establecido en el Artículo 9 del Código del Trabajo.
- El requisito de prorroga validará, al tercer mes de la primera postulación realizada por la empresa, que ésta mantenga al menos el 80% de su planilla de trabajadores y trabajadoras de la que tenía el mes antes de su primera postulación.