En el capítulo sobre Derechos Fundamentales y Garantías de la propuesta de nueva Constitución se establece, en el artículo 57, que “toda persona tiene derecho humano al agua y al saneamiento suficiente, saludable, aceptable, asequible y accesible. Es deber del Estado garantizarlo para las actuales y futuras generaciones”. Además, el segundo inciso sugiere que “el Estado vela por la satisfacción de este derecho atendiendo las necesidades de las personas en sus distintos contextos”.
Para Amaya Álvez Marín, ex convencional por el distrito 20 de la Región del Biobío, el texto que se someterá a plebiscito este 4 de septiembre marca un gran cambio con respecto a la Carta Magna de 1980.
“En la actual Constitución sólo se refiere al agua en una oportunidad, a propósito del Derecho de Propiedad en el inciso final se señala que sobre las aguas existe una especie de propiedad y eso a mí me parece insuficiente de cara a la importancia que tiene el agua en los ecosistemas”, dijo la abogada.
La académica de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de Concepción sostuvo que hay otros lineamientos que se incorporaron, lo que permite dotar a la propuesta de una mirada “más ecológica”.
Sobre la importancia del “Estatuto de las aguas”, dispuesto desde el artículo 140 al 144, la abogada mencionó que “lo que se hace es reconocer la relevancia de las aguas”, además de destacar “el deber de custodio del Estado”.
En esa línea, Álvez sostuvo que el texto establece jerarquías en los usos, ya que “siempre prevalecerá el ejercicio del derecho humano al agua, el saneamiento y el equilibrio de los ecosistemas. La ley determinará los demás usos”.
Al ser consultada sobre el interés que el tema del agua generó en la ciudadanía en el proceso de redacción de la propuesta, la investigadora recordó que “tuvimos varios mecanismos de participación popular, eso fue un elemento relevante durante la tramitación de la Constitución”, agregando que además de escuchar a especialistas, también hubo cabida para relacionarse con las personas que asistieron a audiencias o que canalizaron sus prioridades a través de iniciativas populares de norma.
Es preciso mencionar que el documento elaborado por la Convención Constitucional también posibilita la creación de La Agencia Nacional del Agua, un órgano autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que –en palabras de Álvez- tendrá que “adecuar normativamente las autorizaciones de uso de agua” con miras a “regular toda la institucionalidad para llevar adelante las normas constitucionales”.
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