Hasta la ruta 146, a la altura de Chaimavida, llegó el Seremi de Transportes y Telecomunicaciones, los equipos del Programa Nacional de Fiscalización y Conaset, para acompañar a Carabineros en los controles de velocidad que se realizaron a diversos vehículos motorizados que transitan por el sector.
En la jornada, enmarcada en la campaña del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones #NoMásMuertesEnElTránsito, se realizaron 59 controles, y se cursaron 10 infracciones por diversos incumplimientos y cuatro por exceso de velocidad. Además la autoridades profundizaron en la relevancia de que conductores no sobrepasen los límites de velocidad, ya que independiente de la causa basal, el exceso de velocidad agrava las consecuencias de los siniestros de tránsito.
Respecto a esta intervención, el Seremitt Héctor Silva Gormaz, enfatizó que “un porcentaje importante de los siniestros que ocurren en la zona tienen que ver con la velocidad”.
Silva recordó que “en el caso de ser sobrepasados (los límites de velocidad) de forma excesiva, esto puede llegar a ser un delito. Hemos realizado denuncias al respecto y esperamos crear conciencia necesaria para una conducción segura, ya que no queremos más muertes en el tránsito”.
Por su parte, el teniente Alejandro Lizama Navarrete, oficial investigador de la Siat de Carabineros de Concepción, puntualizó que el objetivo es “prevenir y verificar que se están respetando las normas del tránsito. Cabe destacar, que el exceso de velocidad sumado a otra acción puede generar un siniestro vial”.
Cabe recordar que en octubre de 2022 entró en vigencia la Ley 21.495 que, además de tipificar las carreras clandestinas, introdujo la calificación de “velocidad temeraria”, con el propósito de desincentivar conductas de riesgo por parte de las y los conductores.
Así, esta acción quedó tipificada como delito cuando se supera la velocidad máxima permitida en 60 km/h o más, conllevando sanciones que incluyen: prisión en su grado máximo (entre 3 años y 1 día a 5 años) o una multa de 2 a 10 UTMy la suspensión de la licencia de conducir por un período de seis meses a dos años. En caso de reincidencia, la suspensión de licencia es por 5 años y si hay una segunda reincidencia, se cancela definitivamente.
Además, existen otras infracciones por exceder los límites de velocidad; como lo es la «Menos Grave» cuando se excede hasta en 10 km/h y que tiene multas de 0.5 a 1 UTM. La infracción «Grave», que se da al exceder de 11 a 20 km/h, que considera partes de entre 1 a 1.5 UTM, y la infracción Gravísima que considera cuando se excede en más de 20km/h y hasta 60 km/h, con multa de 1.5 a 3 UTM, junto con la suspensión de la licencia de conducir desde 5 hasta 45 días, según lo determine el juez.
Asimismo, los límites de velocidad están dados según el sector, variando de 50km/h en sectores rurales, pasando por 100 km/h en caminos con una pista de circulación por sentido y hasta los 120 km/h en rutas con dos o más pistas en un mismo sentido. También, existe el límite de velocidad de 30 km/h cuando existe una zona de escuelas rurales o urbanas.
En cuanto a la relevancia de este factor en la Región del Biobío, la velocidad imprudente representa la segunda causa de siniestros (un 24%, vale decir, 1 de cada 4 eventos se producen por exceder los márgenes permitidos).