Al no existir evidencia científica que avale los túneles sanitizadores y entendiendo que, según la normativa vigente, los desinfectantes autorizados para utilización en objetos inertes no pueden aplicarse en personas, la Seremi de Salud del Biobío prohibirá su uso, autorizándolos sólo para vehículos, implementos o superficies inertes y previa fiscalización.
Lo anterior, en virtud de la ordenanza Nº1313 de fecha 20 de abril de la Subsecretaría de Salud Pública. Este documento señala que, a pesar de la baja toxicidad de algunos desinfectantes, éstos están diseñados para ser aplicados sobre superficies y no sobre personas, ya que pueden tener características irritantes; además de indicar que la “desinfección de personas” no está regulada en la normativa sanitaria.
“Esta autoridad sanitaria no aceptará proyectos de sistemas que utilicen desinfectantes para ser aplicado a las personas, cualquiera sea la forma de aplicación o naturaleza de la sustancia usada, y sólo evaluará autorizar su aplicación a vehículos, implementos o superficies inertes, previo a fiscalización de nuestra área técnica”, declaró el Seremi Héctor Muñoz.
La fiscalización previa se realizará en base a la normativa vigente, que establece como requisito que los desinfectantes deben contar con registro del Instituto de Salud Pública previo a su uso; considerando además que los desinfectantes de venta especializada deben ser aplicados por empresas creadas para dicho fin.
Actualmente, el Ministerio de Salud se encuentra analizando una propuesta de reglamento específico para productos con acción antimicrobiana, con el objetivo de independizarlas del actual (D.S. 157/07) y establecer condiciones específicas para este tipo de productos.
Las medidas de higiene que ha mencionado el Minsal son hasta ahora las únicas sanitariamente efectivas para la prevención del Covid-19. La aplicación de desinfectante, además de producir un efecto irritante, puede generar una falsa seguridad de estar protegido del contagio.