Luego de que la Corte de Apelaciones de Concepción rechazara el recurso de protección que el senador del Partido Progresista (PRO), Alejandro Navarro, presentó a principios de octubre junto con las asociaciones indígenas Aukinko Wallmapu y Talcahueñu Ñi Foli, la Corte Suprema resolvió finalmente acoger la apelación. Por ello, el máximo tribunal del país ordenó a la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena (Conadi) emitir un nuevo informe en un plazo de 10 días, en el que detalle si corresponde o no la realización de una Consulta Indígena previa al establecimiento del nuevo Plan Regulador Metropolitano de Concepción.

Los alegatos del senador por la circunscripción 10 se sustentan en que en la actualidad residen más de 96 mil personas pertenecientes a pueblos originarios en las comunas incluidas en el plan provincial, es decir, Concepción, Coronel, Chiguayante, Hualpén, Hualqui, Lota, Penco, San Pedro de la Paz, Santa Juana, Talcahuano y Tomé. Según explica Navarro, dicha cifra representaría el 13,5% de los hogares del Gran Concepción.

Por lo anterior, Navarro detalló que “el Convenio 169 de la OIT establece que se debe garantizar que los habitantes pertenecientes a los pueblos originarios de las 11 comunas sean consultados en consonancia con la obligación que recae en el Estado, de promover de buena fe, su consulta previa y la participación”.

Respecto de la resolución de la Corte Suprema, el también presidente de la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía del Senado valoró los avances y expresó sus expectativas respecto del proceso.

 

Por otra parte, Navarro apuntó a los defensores del Plan Regulador Metropolitano de Concepción, a quienes criticó por señalar que sus modificaciones «no afectan a las comunidades, argumentando falazmente que en la intercomuna no se registra existencia de Comunidades Indígenas, por lo cual no habría afectación». Palabras similares tuvo para la el rol de la Conadi, el que, a su juicio, ha sido entendido de manera errónea por parte del organismo.

 

Para finalizar, Alejandro Navarro destacó que existe como antecedente que en 2011 la Corte Suprema dictaminó que la actualización del Plan Regulador de San Pedro de Atacama debía someterse a un Estudio de Impacto Ambiental, el que es regido por el Convenio N°169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales de la OIT. Por ello, el senador espera que «se utilice la jurisprudencia y, por tanto, se rehaga bajo la Consulta Indígena y con verdadera participación ciudadana, lo que significará sin duda un nuevo proyecto, pues es claro que el que hoy existe es una amenaza para el medioambiente y las personas».